Cambios que están afectando entrevistas consulares y trámites con USCIS - Febrero 2026

En estas semanas hemos visto cómo varias medidas se superponen y generan resultados muy distintos según el tipo de visa, la nacionalidad y si el trámite ocurre fuera o dentro de Estados Unidos. Para tener claridad, hoy conviene separar el tema en cuatro frentes:


1) Proclamación 10998

Restringiendo y limitando la entrada de extranjeros para proteger la seguridad de los Estados Unidos, En Ingles “Restricting and Limiting the Entry of Foreign Nationals To Protect the Security of the United States”

De acuerdo a esta Proclamacion y su implementación El Departamento de Estado publicó una guía consular donde agrupa a los países en dos bloques:

A) Suspensión TOTAL

Para este grupo, la emisión queda totalmente suspendida (inmigrante y no inmigrante), salvo excepciones muy limitadas.

Afecta a nacionales de Afganistán, Birmania, Burkina Faso, Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Laos, Libia, Malí, Níger, Sierra Leona, Somalia, Sudán del Sur, Sudán, Siria, Yemen.

También: personas que viajen con documentos emitidos o endosados por la Autoridad Palestina (para categorías de visa inmigrante y no inmigrante).

B) Suspensión PARCIAL

Para este grupo, la suspensión es parcial, pero en términos prácticos puede afectar B1/B2, F/M/J y también visas de inmigrante, dependiendo del caso y del tipo de solicitud.

Afecta a nacionales de Angola, Antigua y Barbuda, Benín, Burundi, Côte d'Ivoire, Cuba, Dominica, Gabón, Gambia, Malaui, Mauritania, Nigeria, Senegal, Tanzania, Togo, Tonga, Venezuela, Zambia, Zimbabue.

📌En la práctica, este escenario se está reflejando en cartas que citan INA 212(f) y, en algunos casos, frases como “revisando para NIE” (Excepción de Interés Nacional).

El texto completo de la Proclamación Presidencial 10998, emitida el 16 de diciembre de 2025, está disponible aquí: https://www.whitehouse.gov/presidential-actions/2025/12/restricting-and-limiting-the-entry-of-foreign-nationals-to-protect-the-security-of-the-united-states/

La información sobre la Proclamación Presidencial 10949, emitida el 4 de junio de 2025, titulada “Restricting the Entry of Foreign Nationals to Protect the United States from Foreign Terrorists and Other National Security and Public Safety Threats”, se encuentra aquí: https://travel.state.gov/content/travel/en/News/visas-news/suspension-of-visa-issuance-to-foreign-nationals-to-protect-the-united-states-from-foreign-terrorists-and-other-national-security-and-public-safety-threats.html


2) Grupo adicional: pausa de visas de inmigrante por “riesgo de dependencia de beneficios públicos”

Aparte de la proclamación anterior, existe un aviso distinto: una pausa de emisión de visas de inmigrante para ciertas nacionalidades por el criterio de “High Risk of U.S. Public Benefits Reliance”.

✅ Traducción práctica: puede haber entrevista, pero la emisión puede quedar detenida/pausada, incluso sin que el caso encaje en el “ban” de 212(f).


Afecta a nacionales de Afghanistan, Albania, Algeria, Antigua and Barbuda, Armenia, Azerbaijan, Bahamas, Bangladesh, Barbados, Belarus, Belize, Bhutan, Bosnia and Herzegovina, Brazil, Burma, Cambodia, Cameroon, Cape Verde, Colombia, Cote d’Ivoire, Cuba, Democratic Republic of the Congo, Dominica, Egypt, Eritrea, Ethiopia, Fiji, The Gambia, Georgia, Ghana, Grenada, Guatemala, Guinea, Haiti, Iran, Iraq, Jamaica, Jordan, Kazakhstan, Kosovo, Kuwait, Kyrgyz Republic, Laos, Lebanon, Liberia, Libya, Moldova, Mongolia, Montenegro, Morocco, Nepal, Nicaragua, Nigeria, North Macedonia, Pakistan, Republic of the Congo, Russia, Rwanda, Saint Kitts and Nevis, Saint Lucia, Saint Vincent and the Grenadines, Senegal, Sierra Leone, Somalia, South Sudan, Sudan, Syria, Tanzania, Thailand, Togo, Tunisia, Uganda, Uruguay, Uzbekistan, and Yemen. 

La información se encuentra aquí: https://travel.state.gov/content/travel/en/News/visas-news/immigrant-visa-processing-updates-for-nationalities-at-high-risk-of-public-benefits-usage.html


3) Visa de turista: tercer listado separado — países con Visa Bond (fianza) para B1/B2

A la guía de suspensión (total/parcial) se le suma otra lista distinta: países cuyos nacionales pueden quedar sujetos a un visa bond en B1/B2.

Paises sujetos al Visa Bond: Algeria (January 21, 2026), Angola (January 21, 2026), Antigua and Barbuda (January 21, 2026), Bangladesh (January 21, 2026), Benin (January 21, 2026), Bhutan (January 1, 2026), Botswana (January 1, 2026), Burundi (January 21, 2026), Cabo Verde (January 21, 2026), Central African Republic (January 1, 2026), Cote d’Ivoire (January 21, 2026), Cuba (January 21, 2026), Djibouti (January 21, 2026), Dominica (January 21, 2026), Fiji (January 21, 2026), Gabon (January 21, 2026), The Gambia (October 11, 2025), Guinea (January 1, 2026), Guinea Bissau (January 1, 2026), Kyrgyz Republic (January 21, 2026), Malawi (August 20, 2025), Mauritania (October 23, 2025), Namibia (January 1, 2026), Nepal (January 21, 2026), Nigeria (January 21, 2026), Sao Tome and Principe (October 23, 2025), Senegal (January 21, 2026), Tajikistan (January 21, 2026), Tanzania (October 23, 2025), Togo (January 21, 2026), Tonga (January 21, 2026), Turkmenistan (January 1, 2026), Tuvalu (January 21, 2026), Uganda (January 21, 2026), Vanuatu (January 21, 2026), Venezuela (January 21, 2026), Zambia (August 20, 2025), Zimbabwe (January 21, 2026),

✅ Punto clave: el visa bond no es automático y no es una “segunda oportunidad” garantizada. En algunos casos se ofrece (con montos como $5k/$10k/$15k, según indique el consulado) y en otros casos no aparece, porque la decisión depende de la evaluación del oficial consular.

La informacion se encuentra aquí: https://travel.state.gov/content/travel/en/News/visas-news/countries-subject-to-visa-bonds.html


4) Trámites dentro de EE. UU.: comunicados de USCIS que crean “holds” y re-revisiones

Además de lo consular, hay medidas internas que impactan casos en USCIS:

A) Memorándum de 2 de diciembre de 2025 (PM-602-0192)

El memorandum (Enlace) ordena a grandes rasgos:

  • Hold (Detención/Pausa) de todas las I-589 (asilo) pendientes (independientemente de nacionalidad) mientras se hace una revisión amplia.

  • Hold (Detención/Pausa) de solicitudes de beneficios para personas de países de alto riesgo “high-risk”, y re-revisiones/entrevistas según aplique.

B) Memorándum de 1 de enero de 2026 (PM-602-0194)

Este memorandum (Enlace) amplía el enfoque hacia países adicionales vinculados a la proclamación “PP 10998 Restricting and Limiting the Entry of Foreign Nationals To Protect the Security of the United States”.

  • Ordena poner un hold en todas las solicitudes de beneficios pendientes para personas listadas en PP 10998, sin importar la fecha de entrada.

  • Ordena una revisión de políticas/procedimientos y una re-revisión de beneficios ya aprobados relacionados con PP 10998 aprobados en o después del 20 de enero de 2021.

  • Aclara qué significa “hold”: el caso puede procesarse hasta antes de la decisión final; “final adjudication” es la decisión final (aprobación/negación/desestimación).

  • Advierte que ciertos beneficios familiares ya no serían “automáticamente” exentos y pueden quedar sujetos a revisión/escrutinio adicional.

  • Indica expresamente que este memo no sustituye el memo anterior, salvo en las excepciones que él mismo describe.

✅ Traducción práctica: incluso dentro de Estados Unidos, casos de nacionales incluidos en las listas de riesgo pueden enfrentar pausas, revisiones más profundas, posibles entrevistas/re-entrevistas, y en general (LASTIMOSAMENTE ESTO NO ES NUEVO) tiempos impredecibles.


Lo que estamos viendo “cerca de la oficina” (casos reales que ilustran el momento)

En el consulado de Estados Unidos en Bogotá hemos recibido novedades variadas que ayudan a entender cómo se está aplicando esto en la práctica:

  • Caso 1 (Nacional de Colombia | visa de inmigrante): Una familia se presentó a la cita consular en noviembre de 2025 y, aproximadamente dos semanas después, ya tenía el pasaporte con la visa de inmigrante estampada. De no surgir inconvenientes al ingreso, deberían estar llegando a Estados Unidos como residentes permanentes en las próximas semanas.

  • Caso 2 (Nacional de Colombia | visa de inmigrante): Otra familia se presentó en octubre de 2025 y, tras varios meses de espera, recibió en febrero de 2026 el pasaporte por correo sin visa y sin explicación. Al consultar por email, el consulado respondió que el caso sigue en revisión por el oficial consular.

  • Caso 3 (Nacional de Venezuela | visa de inmigrante): Una familia se presentó en la última semana de febrero y le informaron que todo estaba en orden, pero que la visa quedaría en pausa durante el “ban”. Se le entregó una carta indicando inelegibilidad bajo la sección 212(f).

  • Caso 3 (Nacional de Venezuela | visa de turista B1/B2): Un aplicante B1/B2 nacional de Venezuela fue negado recientemente sin alternativa de visa bond.

También hemos recibido señales desde otras sedes:

  • Chile (visa de inmigrante, EW3): Un cliente nacional de Venezuela, después de una entrevista normal, recibió el comentario de “está negado” y una carta citando 212(f). Al consultar por email, el consulado respondió que el caso sigue en revisión para una aprobacion de interes nacional, sin embargo el caso se encontraba negado bajo la seccion 212(f).

  • Canadá (Visa de turista B1/B2): Un solicitante recibió un email aproximadamente dos semanas después de su entrevista indicando que estaba preaprobado para una visa válida por 3 meses y 1 entrada, condicionada al pago de un visa bond de $10,000.

  • España (Visa de inmigrante, EW3): Una familia, nacional de Venezuela y Portugal, se presentó a su cita en noviembre de 2025. Explicaron su segunda nacionalidad (no incluida en la lista de países de riesgo) y el caso avanzó casi por completo: les retuvieron los pasaportes para estampar la visa. Sin embargo, han pasado varios meses sin respuesta y, hasta hoy (5 de marzo de 2026), los pasaportes continúan en la embajada. Estamos considerando enviar un email solicitando una actualización del caso.


Como siempre, cada caso es distinto. Este contenido es información general y no constituye asesoría legal. Si tu caso está en un grupo sensible (por nacionalidad, 212(f), NIE, visa bond, o por “holds” en USCIS), lo más prudente es buscar consejo legal con un abogado de inmigración antes de tomar decisiones. CONTACTANOS PARA REFERIRTE A UN ABOGADO DE NUESTRA CONFIANZA.

Estrategia

Dicho esto, de manera práctica hemos escuchado (y visto) estrategias que algunas familias están considerando, dependiendo de dónde esté el caso:

1) Procesos consulares (fuera de EE. UU.): aplazar o reprogramar la cita de visa de inmigrante para evitar una negación o una determinación bajo INA 212(f), y en su lugar presentarse cuando el “ban” o la pausa esté levantada o cuando exista mayor claridad operativa. La intención es reducir el riesgo de quedar en un limbo de revisión prolongada o recibir una inelegibilidad por una medida temporal.

2) Procesos dentro de EE. UU. (USCIS): presentar las solicitudes de beneficios que correspondan y, una vez recibidas y en trámite, esperar con paciencia mientras se mantiene el caso organizado y bien documentado, entendiendo que algunos expedientes pueden quedar en hold hasta que USCIS levante la medida. La intención aquí es avanzar lo posible dentro del proceso, sin precipitar decisiones, y estar listos para responder rápido si USCIS solicita evidencia adicional o programa entrevista cuando el hold se levante.


Esperamos ver una mejora pronto, una mejora que sea real y práctica, con resultados positivos para todos.

Nuestra oficina mantiene su compromiso firme de apoyar a patrocinadores, ciudadanos estadounidenses, inmigrantes y refugiados en los procesos de reunificación familiar, contribuir al fortalecimiento de la fuerza laboral del país y defender las libertades por las que Estados Unidos a luchado.

Recibir a los inmigrantes beneficia la economía, fortalece la seguridad del país y consolida la posición de Estados Unidos como líder global. Los inmigrantes hacemos de este país más grande.


Immigrants Make America Great.